Ayudas

Las sociedades occidentales sufren un envejecimiento de la población que aumentará considerablemente a lo largo de la próxima década. La sociedad deberá hacer frente al desafío de poner todos los medios para garantizar un envejecimiento saludable; es decir, calidad de vida y autonomía. En materia de alojamiento, existen soluciones, ya sea en casa o en un alojamiento senior. Dichas soluciones tienen a veces un coste difícil de soportar para las personas mayores y sus familias.

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Ayudas a través de la ley de dependencia

Si necesita ayuda para las tareas diarias por impedimento físico o cognitivo, puede acceder a las prestaciones y servicios de la ley de dependencia.

Dichas prestaciones se solicitan a través de los servicios sociales de su zona. Una trabajadora social le presentará la solicitud junto a la documentación requerida. Una vez se reconozca su dependencia según el baremo de valoración de los grados y niveles de dependencia, los servicios sociales ejecutarán el Plan Individual de Atención (PIA). Este plan es determinante a la hora de valorar las necesidades y los recursos más adaptados a cada caso y situación personal.

Las prestaciones que contempla la ley de dependencia pueden ser económicas o de servicios. Hoy en día, los servicios son los más demandados, puesto que priorizan que la persona mayor se quede en su hogar.

Las prestaciones económicas

Las prestaciones económicas buscan ayudar a hacer frente a los gastos provenientes de la dependencia. A continuación, le detallamos cuáles son:

  • Prestación económica vinculada al servicio (PEVS) : esta ayuda se concede cuando la persona no puede acceder a un servicio público de atención de cuidados por las largas listas de espera o por su situación económica. Con esta ayuda podrá hacer frente al pago de los servicios en el sector privado. La cuantía se basa en función de tres criterios: el coste del servicio, el grado de dependencia y la capacidad económica de la persona beneficiaria.
  • Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar y apoyo a cuidadores no profesionales (PECEF) : esta ayuda se destina al cuidador siempre y cuando sea cónyuge o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado de parentesco. Además, tendrá que haber convivido con la persona dependiente en el mismo domicilio y haberle prestado cuidados durante al menos un año antes de la solicitud. Dichos requisitos son también válidos para las parejas de hecho, tutores y personas designadas administrativa o judicialmente con funciones de acogida. La cuantía se establece en función del grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario. La persona cuidadora deberá estar dada de alta en la Seguridad Social.
  • Prestación Económica de Asistencia Personal (PEAP) : es una prestación que promueve la autonomía de la persona dependiente para poder contratar a un asistente personal profesional que le facilite el acceso a la educación o al trabajo para favorecer una vida más autónoma. Esta prestación la puede solicitar cualquier persona reconocida en situación de dependencia sin importar el grado.
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También existen ayudas económicas para adaptar su hogar. Antiguamente, los edificios se construían sin tener en cuenta la accesibilidad (con fácil acceso). Por lo tanto, cualquier persona que tuviese dificultad para desplazarse en los espacios públicos lo tenía muy difícil. Sin embargo, hoy día forma parte de los compromisos públicos y es de obligatorio cumplimiento en el momento de edificar. Respecto a los inmuebles que no tengan dicha característica porque se construyeron antes de su vigencia, existen ayudas económicas de los organismos públicos.

Acuda a su ayuntamiento para que le facilite la información y le ayude con las solicitudes (subvenciones para reformas o incluso para electrodomésticos). Estas ayudas son para la instalación de ascensores, para rampas de acceso y eliminación de escalones, para cambiar la bañera por un plato de ducha o colocar barras en el baño para una mayor seguridad. No importa que viva en una comunidad de propietarios o en una vivienda unifamiliar. Estas obras permiten que las personas mayores sigan viviendo en sus casas.

Servicios

  • Servicio de teleasistencia
    Este servicio se presta de varias maneras y con varios dispositivos. Los más comunes son un terminal conectado a la línea telefónica o un botón que puede ir en una pulsera o colgado al cuello. El funcionamiento es muy sencillo. Si la persona mayor se siente sola o se encuentra en una situación de emergencia (una caída, un incendio, un robo), solo tiene que apretar el botón para que le atiendan. El servicio está disponible las 24 horas del día, los 365 días del año y es compatible con la ayuda a domicilio.
  • Servicio de ayuda a domicilio
    El servicio de ayuda a domicilio puede estar relacionado con la atención personal (cuidados) o bien con las necesidades domésticas o del hogar (comidas, compras, limpieza, lavado de ropa, etc.).
  • Servicios de centro de día y de noche
    Estos servicios permiten dar un respiro a la familia o al cuidador de la persona mayor durante el periodo diurno o nocturno. El centro de día también tiene como objetivo mejorar o mantener el aspecto cognitivo de la persona mayor a través de diferentes talleres y de conservar el mejor nivel de autonomía posible.
  • Servicio de atención residencial
    Este servicio ofrece una atención integral, las 24 horas del día, los 365 días del año. La persona mayor beneficiaria habrá sido valorada según el baremo de la ley de dependencia y participará económicamente dependiendo de sus ingresos. La persona mayor estará atendida por profesionales de la enfermería, auxiliares, terapeutas ocupacionales y trabajadores sociales.
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Si una persona mayor (o cualquier otra persona) ha tenido que ingresar en un hospital, pero solo necesita una vigilancia activa y no todos los servicios hospitalarios, puede solicitar una hospitalización a domicilio (HAD). Esta atención especializada en el domicilio ofrece al paciente una mejora en la calidad de vida, más intimidad y poder estar con su familia. Además, disminuye la tasa de las infecciones que se pueden contraer en un hospital. El paciente recibe los mismos cuidados médicos por parte del equipo asistencial que le visita cada día. También podemos comprobar que recibir los cuidados en casa disminuye el riesgo de que las personas mayores padezcan el llamado «síndrome confusional agudo» por estar hospitalizadas.

Para poder ser beneficiario de esta prestación debe cumplir con una serie de condiciones, tales como vivir en el área de cobertura del hospital o tener un apoyo familiar las 24 horas.

Por último, se debe tener en cuenta que cada comunidad autónoma e incluso cada ayuntamiento formulan sus propias normas para otorgar ayudas. Además, requisitos como los ingresos, la edad, el grado de dependencia o la movilidad son determinantes a la hora de percibir una cuantía. Puede informarse en su centro social correspondiente o acudir a su ayuntamiento para conocer las ayudas disponibles, ya que no hay incompatibilidad y se puede solicitar más de una ayuda a la vez.