La Ley de Dependencia
Cuando la dependencia toca a su puerta es imprescindible poder dar una respuesta concreta para mitigarla en su día a día y satisfacer las necesidades reales de la persona.
Para ello existe la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Esta ley, conocida como «Ley de la dependencia», abarca una serie de cuidados y de ayudas económicas para facilitar la vida de las personas mayores que necesitan ayuda para llevar a cabo las actividades más básicas del día a día y obtener una mayor autonomía como personas. Conviene tener en cuenta que cada comunidad autónoma tiene su propia ley de la dependencia; es decir, en España hay 17 leyes de dependencia.
Para poder averiguar las necesidades de cada persona existe una herramienta concreta. Se la conoce como baremo de valoración de la dependencia o escala BVD. Funciona de tal manera que mide las capacidades de la persona para llevar a cabo actividades físicas o mentales, así como actividades domésticas y sociales. Así pues, permite saber qué soluciones se adaptan mejor a las necesidades de la persona mayor.
Este baremo es el que usan los profesionales especializados de los Servicios Sociales cuando, por ejemplo, la persona mayor solicita el acceso a las ayudas que propone la ley de dependencia o solicita una plaza en una residencia pública.
Los diferentes niveles de dependencia
El baremo de valoración de la dependencia consiste en puntuar el grado o nivel de dependencia de una persona para llevar a cabo estas acciones del día a día:
- Comer y beber: si es capaz de comer sola o si necesita ayuda para cortar los alimentos, si los reconoce, si sabe emplear los cubiertos para llevarse la comida a la boca o si puede acercarse el vaso a la boca.
- Lavarse: si es capaz de abrir y cerrar los grifos, lavarse las manos, entrar a la ducha o la bañera o si puede lavarse la parte superior o inferior del cuerpo.
- Higiene personal (micción/defecación): si es capaz de ir al lugar adecuado, si puede manipular la ropa, si puede adoptar o abandonar la postura adecuada o si puede limpiarse una vez que ha terminado.
- Otros cuidados corporales: si puede peinarse, lavarse el pelo, los dientes o cortarse las uñas.
- Vestirse: si puede reconocer y alcanzar la ropa y el calzado, calzarse, si puede abrocharse los botones o ponerse las prendas de la parte superior o inferior del cuerpo.
- Mantenimiento de la salud: si es capaz de solicitar asistencia, llevar a cabo las medidas terapéuticas recomendadas, si puede evitar situaciones de riesgo dentro o fuera del domicilio o pedir ayuda ante una urgencia.
- Mantenimiento corporal: si puede moverse en la cama, levantarse, sentarse o permanecer de pie.
- Desplazamiento dentro del hogar: si puede moverse para ir a comer, para vestirse, para lavarse o si puede acceder a todas las estancias del hogar.
- Desplazamiento fuera del hogar: si puede salir fuera de casa, darse un paseo alrededor del edificio o desplazarse cerca o lejos en sitios conocidos o desconocidos.
- Hacer las tareas domésticas: si es capaz de ir a comprar, cocinar, limpiar la casa o lavar la ropa.
- Tomar decisiones: si es capaz de gestionar el dinero para sus gastos diarios, decidir qué comer cada día, etc.
Una vez que se obtenga la puntuación final, se podrá determinar el grado y el nivel de la pérdida total de autonomía física o mental de la persona mayor. Las situaciones de dependencia pueden ser: moderada, severa y de gran dependencia.
Este es el baremo de puntuación según cada uno de los grados de dependencia reconocidos.
Sin grado reconocido: de 0 a 24 puntos
Grado I: dependencia moderada, de 25 a 49 puntos
Grado II: dependencia severa, de 50 a 74 puntos
Grado III: gran dependencia, de 75 a 100 puntos